Cambios relativos al subsidio diario y a los gastos de alojamiento
De ahora en adelante, la Dirección General de Migraciones tendrá en cuenta los ingresos de su cónyuge o pareja a la hora de evaluar su derecho a recibir un subsidio diario y calcular el importe que debe pagar por el alojamiento.
Si usted es solicitante de asilo o disfruta de protección temporal en virtud de lo dispuesto en la Directiva de protección temporal, tiene derecho a recibir ayuda económica de la Dirección General de Migraciones si no dispone de recursos económicos propios. Hasta ahora, la Dirección General de Migraciones no tenía en cuenta los ingresos que pudiera tener su cónyuge o pareja a la hora de evaluar su derecho a recibir ayuda económica. Sin embargo, dado que legislación sueca estipula que las personas casadas y las parejas de hecho tienen una responsabilidad compartida en lo que respecta al manejo de las finanzas familiares, la Dirección General de Migraciones tendrá en cuenta, de ahora en adelante, los ingresos de su cónyuge o pareja a la hora de determinar si puede recibir ayuda económica.
Ambos padres deben pagar el alojamiento
Este cambio implica que ambos padres tienen que pagar el alojamiento, aunque solo uno de ellos esté trabajando y reciba un sueldo.
Información sobre cuánto tiene que pagar por el alojamiento
Más personas pueden recibir el importe máximo del subsidio diario
Hasta ahora, los adultos han podido recibir un máximo de 61 coronas/día por persona si viven con otras personas con las que comparten los gastos del hogar. A partir de ahora, solo se considerarán convivientes a las personas casadas y las parejas de hecho. Esto significa que un adulto soltero que viva en casa de otra persona o comparta el hogar con sus amigos podrá recibir el importe máximo de 71 coronas por día. Los jóvenes de 18 a 20 años que vivan con sus padres recibirán un máximo de 61 coronas por día.
Información sobre el importe que puede recibir en concepto de ayuda económica
Comunique a la Dirección General de Migraciones si su situación económica cambia
Para que la Dirección General de Migraciones pueda evaluar si usted puede recibir ayuda económica, es importante que nos comunique si se registran cambios en su situación económica. Por ejemplo, debe ponerse en contacto con la Dirección General de Migraciones si usted o su cónyuge/pareja empiezan a trabajar y reciben un sueldo. El lugar donde vive también puede influir en su derecho a recibir ayuda económica si consigue una vivienda por su cuenta. Notifique siempre a la Dirección General de Migraciones si cambia de dirección.